Serán con vencimiento para 2036 por una suma de 4.000.000 de dólares. Las jurisdicciones, entidades y fondos deberán proceder a la venta o subasta de sus tenencias de los títulos públicos nacionales denominados y pagaderos en dólares.
El Gobierno formalizó hoy el canje de bonos en dólares por nuevos títulos en pesos con vencimiento para 2036, al igual que la sustitución de una serie de letras que fueron suscriptas por el Banco Central, a través de la publicación en el Boletín Oficial de los decretos 163/2023 y 164/2023.
El Decreto 164 dispone, tal como fue anunciado por el Ministerio de Economía el pasado martes, un canje de US$ 4.000 millones en bonos que se encuentran en poder de organismos del sector público nacional.
Las jurisdicciones, entidades y fondos deberán “proceder a la venta o subasta de sus tenencias de los títulos públicos nacionales denominados y pagaderos en dólares” y emitidos bajo legislación local.
Por otro lado, la misma disposición ordena a los organismos públicos la entrega en canje al Tesoro Nacional de los títulos públicos denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera.
Con lo recibido por sus operaciones de venta de estos títulos, los organismos deberán canjear el 70% el monto por nuevos títulos públicos y el resto deberá ser utilizado para los objetivos y metas de sus presupuestos de este año, “incluyendo la financiación de inversiones productivas y créditos que motoricen el consumo interno”.
Los títulos que recibirán son bonos duales (denominados en dólares y con pago en pesos) con vencimiento en 2036 y bajo legislación local, ajustados según el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), es decir, la inflación.
Por su parte, el decreto 163, difundido ayer por el Gobierno, dispone en su artículo 1° que “los pagos de los servicios de intereses y amortizaciones de capital de las letras denominadas en dólares emitidas en el marco de los decretos 622/2021, 576/2022 y 787/2022 serán reemplazados, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas, en conjunto, por las secretarías de Finanzas y de Hacienda”.
En los considerandos de la normativa se precisa que se canjearán letras del Tesoro Nacional denominadas en dólares que fueron suscriptas por el Banco Central a diez años de plazo y con vencimiento en septiembre de 2031, como consecuencia de los desembolsos realizados por el Fondo Monetario Internacional (FMI), en Derechos Especiales de Giro por un monto equivalente a US$ 4.334 millones.
Más adelante, se incluye a las letras en dólares, a 10 años de plazo y que conformaron el Programa de Incremento Exportador con vencimiento en septiembre de 2032 y la ampliación de ese programa que implicó la emisión de otra letra denominada en dólares con vencimiento en diciembre de 2032.
Por último, y de forma complementaria a estos dos decretos, la Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó su normativa para incorporar los bonos en dólares bajo ley local en la operatoria del dólar Contado con Liquidación (CCL) a través de la Resolución General 953/2023, derogando desde hoy la prohibición transitoria que tenían los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyCs) para operar con los bonares.